El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un sistema de "presentación" de solicitudes de patente, no un sistema de "concesión" de patentes.
El PCT es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que se celebró en una conferencia diplomática desarrollada en Washington, en Junio de 1970, entró en vigor el 24 de Enero de 1978 y comenzó a aplicarse el 01 de Junio de ese mismo año, con un primer grupo de 18 Estados contratantes, como un mecanismo alternativo al sistema tradicional de patentes.
En Chile, el Tratado entró en vigor el 02 de Junio del 2009. Actualmente más de 150 Estados son parte del Tratado.
Frecuentemente, se considera que PCT marca el progreso más notable realizado en la cooperación internacional en el campo de las patentes de invención desde la adopción del propio Convenio de París. De hecho, se trata esencialmente de un tratado destinado a racionalizar y a poner bajo el signo de la cooperación, la presentación de solicitudes de patente, la búsqueda y el examen, así como la divulgación de la información técnica contenida en las solicitudes. PCT no dispone la concesión de "patentes internacionales". La tarea y la responsabilidad de la concesión de patentes compete de manera exclusiva a las oficinas de patentes de los países donde se busca la protección, o de las oficinas que actúan en nombre de esos países (las "Oficinas designadas"). PCT no entra en competencia con el Convenio de París, sino que lo complementa. En realidad, se trata de un acuerdo especial concertado en el marco del Convenio de París y que sólo está abierto a los Estados que ya son parte en dicho Convenio.
Objetivos
El principal objetivo de PCT es simplificar y hacer más eficaz y económico (desde el punto de vista de los usuarios del sistema de patentes y de las oficinas encargadas de administrarlo) el procedimiento para solicitar en varios países la protección de las invenciones mediante patentes. Pero éste no es su único objetivo. El PCT también tiene como parte de sus propósitos, facilitar y acelerar el acceso de las industrias y de los demás sectores interesados a la información técnica relacionada con las invenciones, y ayudar a los países en desarrollo a acceder a la tecnología.
Además del cumplimiento de estos objetivos, la presentación a través de PCT presenta ventajas tanto para el inventor como para la industria, porque:
Existen las siguientes opciones:
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI), cuyo objetivo principal es simplificar y hacer más económico para los usuarios del sistema de patentes y las oficinas encargadas de administrarlo, el procedimiento para la presentación de una solicitud internacional de patente, con miras a proteger las invenciones en varios países.
¿En qué consiste?
El PCT es un sistema de presentación de solicitudes de patente, no un sistema de concesión de patente, puesto que no dispone la concesión de patentes internacionales, tarea y responsabilidad que compete de manera exclusiva a las oficinas nacionales de propiedad industrial en donde se solicita la protección
¿A quién está dirigido?
Este Tratado está dirigido a quienes buscan obtener protección a su invento en varios países. Los principales usuarios del sistema PCT son las grandes empresas, instituciones de investigación y universidades. Sin embargo, también es utilizado por medianas y pequeñas empresas e inclusive por inventores particulares.
Requisitos
¿Dónde se realiza?
El solicitante puede presentar su solicitud internacional PCT directamente en INAPI como Oficina Receptora ya sea en forma eléctronica a través del sistema ePCT o bien en forma presencial. Asimismo, el solicitante también tiene la opción de presentar su solicitud internacional en la Oficina Internacional de la OMPI, la que puede actuar como Oficina Receptora, cualquiera que sea el Estado contratante del cual el solicitante es nacional o domiciliado. Si hay varios solicitantes, la solicitud internacional se puede presentar en la Oficina Internacional en su rol de Oficina Receptora, si al menos uno de los solicitantes es nacional o domiciliado de un Estado contratante (Regla 19 PCT).
Tiempo de realización
En la mayoría de los casos, el solicitante dispone de 30 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de patente inicial, respecto de la que se reivindica prioridad, para iniciar los procedimientos relativos a la fase nacional en cada oficina de patentes. Esto significa, que normalmente el solicitante dispondrá de 18 meses adicionales a los que provee el Convenio de París, antes de tener que satisfacer los requisitos nacionales.
Costo
La tasa de transmisión: que se paga en beneficio de la Oficina Receptora (en adelante, también OR). Su finalidad es compensar a esa Oficina por la labor que debe realizar en relación con la solicitud internacional. La OR fijará el importe de la tasa. (Regla 14 PCT).
La tasa de presentación internacional: que va en beneficio de la Oficina Internacional de la OMPI. Su objeto es cubrir los gastos que implica la labor que la Oficina Internacional debe realizar en el marco del PCT. El importe se fija en la Tabla de tasas anexa al Reglamento y es decidido por los Estados miembros del PCT (Regla 15 PCT).
La tasa de búsqueda internacional: que va en beneficio de la Administración encargada de la Búsqueda Internacional. Ésta tiene por objeto, compensar a esa Administración, que es la que fija la tasa, por la labor que debe realizar en relación con el establecimiento del informe de búsqueda internacional (Regla 16 PCT).
Resultado
Diagrama detallado del flujo de tramitación vía PCT PDF.
INAPI fue nombrado ISA/IPEA por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual el 4 de octubre de 2012 y empezó sus operaciones como tal el 22 de octubre de 2014, situando a la oficina chilena como una de las 24 más importantes del mundo que cumplen esta labor a diciembre del 2022.
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que entró en vigor en 1978 y del cual Chile forma parte desde el 02 de junio de 2009.
El sistema PCT es un sistema de presentación de solicitudes de patente, no un sistema de concesión de patentes y se considera que marca el progreso más notable realizado en la cooperación internacional en el campo de las patentes de invención desde la adopción del propio Convenio de París. De hecho, se trata esencialmente de un tratado destinado a racionalizar y a poner bajo el signo de la cooperación, la presentación de solicitudes de patente, la búsqueda y el examen, así como la divulgación de la información técnica contenida en las solicitudes.
PCT no dispone la concesión de "patentes internacionales": la tarea y la responsabilidad de la concesión de patentes compete de manera exclusiva a las oficinas de patentes de los países donde se busca la protección o de las Oficinas que actúan en nombre de esos países. PCT no entra en competencia con el Convenio de París, sino que lo complementa. En realidad, se trata de un acuerdo especial concertado en el marco del Convenio de París y que sólo está abierto a los Estados que ya son parte en dicho Convenio.
Dentro de la política de internacionalización de INAPI, el PCT entrega la posibilidad cierta y concreta de participar activamente dentro del sistema internacional de patentes, en particular como autoridad PCT ISA/IPEA (Administración encargada de la Búsqueda Internacional o International Searching Authority / Administración encargada del Examen Preliminar Internacional o International Preliminary Examination Authority).
En la actualidad existen a diciembre de 2023 sólo 24 oficinas de propiedad industrial que son Administraciones encargadas de la Búsqueda y el Examen Preliminar Internacional (ISA/IPEA) en el mundo: Australia, Austria, Brasil, Canadá, Chile, China, Corea del Sur, Egipto, España, Estados Unidos de América, Filipinas, Finlandia, India, Instituto Nórdico de Patentes, Instituto de Patentes de Visegrado, Israel, Japón, Oficina Euroasiática de Patentes, Oficina Europea de Patentes (EPO), Rusia, Singapur, Suecia, Turquía y Ucrania.
¿Qué significa que INAPI sea ISA/IPEA?
Con la designación de INAPI como ISA/IPEA, la oficina chilena se convirtió en la segunda autoridad de la región junto a Brasil, y el segundo país del mundo de habla hispana, en desarrollar informes internacionales de patentabilidad después de la Oficina Española.
El constituir a INAPI como ISA/IPEA, no sólo es un fuerte reconocimiento al trabajo que se ha desempeñado durante estos últimos años, sino que también representa una posibilidad única de mejorar aún más el desempeño de INAPI en relación al PCT y de ayudar a convertir a Chile en un polo regional de innovación
Al convertirse INAPI en autoridad internacional de PCT, se favorece a muchos solicitantes extranjeros de la región quienes basados en la reputación de INAPI y al uso del idioma español, pueden elegir a INAPI como ISA-IPEA para el análisis de sus solicitudes, sino que también significa un gran beneficio para los solicitantes nacionales de solicitudes internacionales PCT, quienes además de tener a INAPI como Oficina Receptora (OR), tendrán una ISA/IPEA en nuestro país, con tasas económicas y con la cual podrán mantener una comunicación directa y fluída, sin necesidad de incurrir en gastos adicionales, lo que facilitará enormemente la tramitación de sus solicitudes en el sistema PCT.
Finalmente, el hecho de que INAPI sea una ISA/IPEA ha obligado a la oficina chilena a adoptar los más altos estándares de calidad y gestión, tanto en su labor administrativa como en lo relativo al examen de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, tanto al momento de hacer búsquedas, como de emitir informes sobre patentabilidad, logrando una mayor eficiencia, calidad y rapidez en los procesos.
Funciones de una oficina ISA/ IPEA
A una Administración Encargada de la Búsqueda Internacional (ISA), le corresponde la función de identificar los documentos publicados que pueden influir en la patentabilidad de la invención y emitir una opinión escrita (WO por su sigla en inglés), de carácter preliminar y no vinculante, sobre si la invención parece cumplir con los criterios de patentabilidad, teniendo en cuenta los resultados del informe de búsqueda.
Por su parte, una Administración Encargada del Examen Preliminar Internacional (IPEA), realiza un segundo examen de carácter facultativo, el que tiene como objetivo formular una opinión preliminar y no vinculante sobre el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad.
Requisitos de nombramiento como oficina ISA/ IPEA
Para que una Oficina de Patentes sea ISA/IPEA, como es el caso de INAPI, al momento de ser nombrado debe cumplir con los requisitos mínimos que contempla la Regla 36 del Reglamento PCT:
Avances e hitos en la implementación de INAPI como ISA/IPEA
Desde el nombramiento de INAPI como Administración de Búsqueda y Examen Preliminar Internacional de PCT, en octubre de 2012, es que INAPI ha venido trabajando sostenidamente en su proceso de implementación que se coronó con el comienzo de sus operaciones como ISA/IPEA en octubre de 2014 y en la consolidación de sus servicios como Autoridad Internacional PCT durante estos años. Dentro de este proceso, se pueden destacar una serie de hitos:
¿QUÉ ES EL PCT?
El Tratado de Cooperación en materias de Patentes (PCT) es un acuerdo administrado
por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), y consiste en un
sistema de presentación de solicitudes de patente, no un sistema de concesión de
patente, puesto que no dispone la concesión de patentes internacionales, tarea y
responsabilidad que compete de manera exclusiva a las oficinas nacionales de
propiedad industrial en donde se solicita la protección.
¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO EL PCT?
El PCT está dirigido a quienes buscan obtener protección para su invento en varios
países. Los principales usuarios del sistema PCT son las grandes empresas, instituciones
de investigación y universidades. Sin embargo, también es utilizado por medianas y
pequeñas empresas, e incluso por inventores particulares.
¿DÓNDE PUEDE PRESENTAR UNA SOLICITUD PCT UN SOLICITANTE CHILENO?
Toda persona nacional y/o domiciliada en Chile puede presentar una solicitud
internacional PCT en INAPI, como Oficina Receptora.
El solicitante también tiene la opción de presentar su solicitud en la Oficina
Internacional de la OMPI, la que puede actuar como Oficina Receptora.
¿CUÁL PUEDE SER EL OBJETO DE UNA SOLICITUD PCT?
El PCT engloba la presentación de solicitudes de patentes de invención y modelos de
utilidad. Por lo tanto, una solicitud internacional no se podrá presentar válidamente
para otras formas de derechos de propiedad industrial registrados que están fuera del
ámbito de “invenciones”, como por ejemplo, los diseños y dibujos industriales.
¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA SOLICITUD PCT?
Toda persona natural o jurídica, nacional o domiciliada en un Estado contratante del
PCT, puede presentar una solicitud internacional PCT. Si se designan varios solicitantes,
sólo uno de ellos tiene que cumplir con este requisito.
¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD INTERNACIONAL
PCT?
Existen dos formas de presentación aceptadas por INAPI para una solicitud PCT:
Formato papel: Es la modalidad tradicional de presentación de solicitudes internacionales PCT, en la que todos los documentos que componen la solicitud internacional se presentan en papel.
E-PCT: Es un servicio en línea creado especialmente por la OMPI, con el objeto de que los solicitantes puedan presentar aquí electrónicamente sus solicitudes y documentos relativos a ella y, asimismo, tener acceso electrónico a su tramitación.
¿SE PUEDE HACER UNA PRESENTACIÓN PCT SIN INVOCAR PRIORIDAD?
La solicitud internacional PCT puede ser una primera presentación sin prioridad o bien
puede invocar como prioridad una o más solicitudes anteriores presentadas en
cualquier país parte del Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial.
Por lo tanto, los nacionales o domiciliados en Chile que hayan presentado una solicitud
de patente de invención o de modelo de utilidad en INAPI, podrán reivindicar la
prioridad de dicha solicitud en su solicitud PCT dentro del plazo de 1 año a contar de la
fecha de presentación de la solicitud nacional.
¿CUÁLES SON LOS COSTOS DEL PCT?
Los costos del PCT dependen de la naturaleza jurídica del solicitante (persona natural,
persona jurídica y universidad), de su nacionalidad o domicilio, de la forma de
presentación de la solicitud y de la administración encargada de la búsqueda
internacional elegida. Para mayor información sobre tasas y descuentos consultar aquí.
¿CUÁLES SON LAS ETAPAS DEL PCT?
El procedimiento PCT consta de dos fases fundamentales. Comienza con la
presentación de una solicitud internacional y concluye, en el caso de que el resultado
sea favorable, con la concesión de un cierto número de patentes nacionales o
regionales; de ahí los términos “fase internacional” y “fase nacional”.
FASE INTERNACIONAL: Sus principales etapas son: presentación de la solicitud internacional, búsqueda internacional, publicación internacional (la realiza OMPI en su sitio web) y el Examen Preliminar Internacional (que es opcional). Se realiza ese proceso ante la Oficina Receptora (RO), la Oficina Internacional de la OMPI, y la Administración encargada de la Búsqueda Internacional (ISA) y, sólo eventualmente, ante la Administración encargada de Examen Preliminar Internacional (IPEA). FASE NACIONAL: En este periodo el solicitante acude directamente a las Oficinas Nacionales designadas, a las que en definitiva les corresponde conceder o rechazar la solicitud de patente.
¿QUÉ HACE UNA ISA?
A una Administración Encargada de la Búsqueda Internacional (ISA) le corresponde la
función de identificar los documentos publicados que pueden influir en la
patentabilidad de la invención y emitir una opinión escrita (WO por su sigla en inglés),
de carácter preliminar y no vinculante, sobre si la invención parece cumplir con los
criterios de patentabilidad, teniendo en cuenta los resultados del informe de búsqueda.
¿QUÉ ES UNA ISA/IPEA?
Algunas de las Oficinas de Patentes más importantes del mundo cumplen con el rol de
Administración Encargada de la Búsqueda Internacional (ISA) y de Administración
Encargada del Examen Preliminar Internacional (IPEA). INAPI cumple este rol desde el
año 2014, prestando servicios para los solicitantes de Latinoamérica y el Caribe, tanto en
idioma inglés como español.
¿CUÁL ES LA UTILIDAD DE UN INFORME DE BÚSQUEDA DE UNA ISA?
El Informe de Búsqueda Internacional del que dispondrá el solicitante de una PCT le
permitirá evaluar las posibilidades de obtener protección para la invención y, en
especial el grado de patentabilidad de la misma. De este modo, el solicitante contará
con suficientes elementos de juicio como para tomar decisiones sobre la protección
internacional de su invención y definir su estrategia de patentamiento.
¿QUÉ ES LA OPINIÓN ESCRITA DE UNA ISA?
Al mismo tiempo que elabora el informe de búsqueda internacional, la ISA formulará,
con respecto a cada solicitud internacional PCT, una opinión escrita preliminar y no
vinculante sobre la novedad, el nivel inventivo y la aplicación industrial, lo que ayudará
de sobremanera al solicitante para definir su estrategia de patentamiento.
¿QUÉ HACE UNA IPEA?
Una Administración Encargada del Examen Preliminar Internacional (IPEA), realiza un
segundo examen de carácter facultativo, el que tiene como objetivo formular una
opinión preliminar y no vinculante sobre el cumplimiento de los requisitos de
patentabilidad.
¿QUÉ ES EL EXAMEN PRELIMINAR INTERNACIONAL?
Una vez que el solicitante haya recibido el informe de búsqueda internacional y la
opinión escrita, tiene la posibilidad de pedir un examen preliminar internacional, que
es una segunda opinión técnica sobre la solicitud. Para requerir este examen se deben
pagar tasas y por ende es facultativo, ya que sólo procede cuando el solicitante
presenta una petición expresa de examen preliminar internacional y por lo general
conlleva modificar las reivindicaciones, descripción y/o dibujos, sin ampliación de
contenido.
¿QUÉ ES LA PUBLICACIÓN INTERNACIONAL?
La OMPI se encarga de la publicación internacional de todas las solicitudes PCT. Esta
publicación se efectúa en formato electrónico en la base de datos PATENTSCOPE de la
OMPI (www.wipo.int/patentscope), lo antes posible tras la expiración de un plazo de 18
meses contados desde la fecha de prioridad (si la solicitud no ha sido retirada
anteriormente). La solicitud PCT publicada pasa a formar parte del estado de la técnica
a partir de la fecha de publicación internacional.
¿QUÉ ES LA ENTRADA EN FASE NACIONAL?
Luego del Informe de Búsqueda Internacional, la Publicación Internacional, el Informe
de Examen Preliminar Internacional y de haber tenido la posibilidad de modificar la
solicitud, el solicitante puede decidir si continúa o no con la tramitación de la solicitud
de patente en cuestión. Así, en caso de continuar con el procedimiento, el solicitante
debe acudir directamente a las Oficinas Nacionales designadas/elegidas, y entrar a la
llamada “Fase Nacional”, correspondiendo en definitiva a estas Oficinas conceder o
rechazar la solicitud de patente. Por regla general, el plazo para entrar en Fase Nacional
es a los 30 meses desde la fecha de la prioridad.
¿DÓNDE SE PUEDE OBTENER MÁS INFORMACIÓN SOBRE PCT?
Se puede obtener más información en el sitio web de INAPI y su sección de PCT https://www.inapi.cl/pct.
También se puede consultar el sitio de OMPI, https://www.wipo.int/pct/es/.