Algunas consideraciones
El hecho de que una tecnología sea de dominio público no puede interpretarse como exenciones al cumplimiento de las leyes y normas de orden público que regulen la elaboración, transformación, manejo, producción, fabricación, distribución y comercialización de esa tecnología. Además, siempre debe considerarse que en un mismo producto pueden converger distintos tipos de propiedad intelectual, por lo que puede darse el caso que en una tecnología expiren los plazos de protección respecto de un tipo de propiedad intelectual y no de otro.
Lo divulgado en las citaciones de las tecnologías no necesariamente es de dominio público, por lo que se debe consultar al titular de dicha divulgación el estado de ésta, para lo cual se recomienda siempre obtener una autorización expresa.
Finalmente, debe considerarse que un invento puede estar en el dominio público en Chile pero sigue protegido en otros países.